Balances de Gestión Integral

De conformidad con lo dispuesto en el decreto de Hacienda N°47 de 1999 y sus modificaciones y el artículo 52 del DL N° 1263, los servicios e instituciones públicas regidos por el Título II de la Ley N° 18.575 deben presentar anualmente el Balance de Gestión Integral.

Los Balances son elaborados por los propios Servicios Públicos en el marco de las instrucciones que para estos efectos define el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección de Presupuestos.

Los principales aspectos que comprende este balance institucional son:

i) Presentación de las definiciones estratégicas y de los resultados más relevantes de la institución,

ii) Identificación de la institución en aspectos tales como; estructura organizacional, dotación, principales productos,

iii) Resultados de la gestión incluyendo informe de desempeño, de gestión financiera, de recursos humanos,

iv) Desafíos para el año siguiente, entre otros aspectos.

El Balance de Gestión Integral (BGI) tiene por objetivo principal informar acerca de los objetivos, metas y resultados de la gestión de los servicios como cuenta pública al Congreso Nacional.

Adicionalmente, es un instrumento que contribuye a otros procesos de análisis y evaluación institucional.

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